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Condenado a diez años de cárcel el exsenador colombiano Carlos Barriga por sus vínculos con paramilitares

El exsenador Carlos Barriga fue sentenciado por su complicidad con paramilitares, lo que desata un debate sobre la política y seguridad en Colombia.
Europa Press

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El Tribunal Supremo de Colombia ha condenado este martes al exsenador del Partido Liberal Carlos Emiro Barriga a diez años de cárcel al declararlo culpable de un delito de concierto para delinquir agravado, en relación a sus vínculos con el paramilitar Bloque Catatumbo de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).

Así lo ha ordenado el alto tribunal que ha considerado probado que el exsenador se alió con miembros de este grupo armado, incluido su comandante --Jorge Laverde, alias 'El Iguano'-- para recibir su apoyo logístico y económico en su carrera hacia el Congreso entre los años 2002 y 2006, llegando a ser el cuarto en la lista de su formación.

"El apoyo de la organización delictiva se dio mediante sumas de dinero para apoyar candidaturas simpatizantes al acusado, el traslado de los ciudadanos a puestos de votación con el propósito, bajo la intimidación, de sufragar a favor de la lista de la cual hacia parte el procesado y el uso de vehículos de propiedad de la estructura criminal", ha señalado la Sala de Primera Instancia del Supremo en un fallo del que se ha hecho eco la emisora W Radio.

Además, según se lee en el escrito, la finca La Isla, de propiedad de Barriga, llegó a albergar una base paramilitar en la que "permitió pernoctar a los integrantes del grupo paramilitar, resguardarse del actuar de la fuerza pública y depositar elementos bélicos que redundaban en beneficio de la estructura, conforme el acuerdo criminal, por lo cual no gozan de fundamento algunas de las alegaciones de la defensa con relación a la inexistencia de la precitada ayuda por parte del aforado hacia las AUC", un grupo que ha operado fundamentalmente en Norte de Santander.

El Supremo ha ordenado la búsqueda y captura del exsenador, a quien además ha negado la suspensión de la pena y la prisión domiciliaria ante la gravedad del delito. "El procesado actuó con un dolo que se valora de alta intensidad. No de otra forma puede entenderse que un ciudadano conocedor del conflicto armado en su región, como lo declaró ante esta Sala, activista de un grupo al servicio de la comunidad, haya desplegado una conducta de tal entidad", ha considerado la magistrada del caso, Blanca Nélida.

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