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Este artículo es de hace 5 años

Empresas que no prevengan el acoso sexual serán multadas con 189 mil soles

La norma también contempla sanciones a los cómplices.
EL PERFIL
Por EL PERFIL

A través de un Decreto Supremo en el diario El Peruano, el Ejecutivo publicó el reglamento de la ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual y las empresas que lo incumplan serán sancionadas.

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Así, las empresas que no deseen o que, a pesar de que hay un procedimiento interno, no denuncien el acoso sexual ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o ante el juzgado respectivo, serán multadas hasta con 45 UITS (Unidades Impositivas Tributarias), que equivalen a aproximadamente 189 mil soles.

La norma se aplicará en empresas del sector privado y público, instituciones educativas, Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.

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Todas ellas tendrán que conformar un comité de intervención de 4 miembros para recibir las denuncias e implemente sanciones.

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Estas comisiones estarán compuestas por 2 representantes de los trabajadores y 2 de la empresa o institución, con el objetivo de mantener un equilibrio en las decisiones que se tomen al respecto.

El reglamento prevee la capacitación y sensibilización al personal para la adecuada identificación de los casos de acoso.

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Además la norma también menciona que los cómplices podrían ser sancionados por no denunciar el delito oportunamente.

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