El pago de utilidades 2026 es uno de los beneficios económicos más esperados por los trabajadores del sector privado en el Perú, ya que representa la participación directa en las ganancias obtenidas por las empresas durante el ejercicio fiscal 2025. Este derecho está regulado por la ley y supervisado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Cronograma y plazos de pago
Según la normativa vigente, las empresas del sector privado que generan rentas de tercera categoría y cuentan con más de 20 trabajadores en planilla están obligadas a distribuir las utilidades entre sus empleados. El depósito debe realizarse dentro de los 30 días calendario posteriores a la fecha límite de presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.
Esto significa que el pago de utilidades se efectuará entre finales de marzo y los primeros días de mayo de 2026, dependiendo del último dígito del RUC de cada empresa. Este cronograma será publicado oficialmente por la Sunat en las primeras semanas de marzo, tal como ocurre cada año, y determinará el orden en que las compañías deberán cumplir con la entrega del beneficio.

Quiénes tienen derecho al cobro
Tienen derecho a recibir utilidades los trabajadores del sector privado que hayan laborado durante el año fiscal 2025 en empresas con ganancias declaradas. Están comprendidos los empleados con contrato a tiempo indefinido, a plazo fijo o a tiempo parcial, siempre que figuren en la planilla formal de la compañía.
Incluso los extrabajadores pueden acceder al pago si prestaron servicios durante el periodo correspondiente, siempre que haya existido vínculo laboral y la empresa mantenga registros de su participación. La legislación protege este derecho como una compensación directa por el esfuerzo laboral que contribuye a los resultados económicos del negocio.
Porcentaje y cálculo de utilidades
El porcentaje de utilidades varía según el sector económico. De acuerdo con la Ley de Reparto de Utilidades, las empresas deben distribuir:
- 10% de las rentas netas en los sectores comercio y restaurantes.
- 8% para empresas industriales.
- 5% en minería, telecomunicaciones y transporte.
El cálculo del monto a recibir por cada trabajador considera dos factores: el tiempo laborado durante el año fiscal y la remuneración percibida. El 50% del fondo total se distribuye en función de los días efectivamente trabajados, mientras que el otro 50% se asigna según los ingresos obtenidos.
Control y sanciones
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y la Sunat supervisan el correcto cumplimiento de esta obligación. Las empresas que no efectúen el pago dentro del plazo establecido pueden recibir multas administrativas y ser objeto de reclamos laborales por parte de los trabajadores afectados.

En años anteriores, la Sunat ha recordado a los empleadores que las utilidades no pagadas dentro del plazo legal devengan intereses moratorios conforme al artículo 29 del Decreto Legislativo N.º 892. Además, los trabajadores pueden presentar denuncias ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) para exigir el cumplimiento.
Expectativas para el año 2026
Se estima que en 2026 cerca de un millón y medio de trabajadores del sector privado percibirán utilidades, especialmente en los rubros de minería, manufactura, finanzas y comercio, que concentran la mayor generación de rentas de tercera categoría.
Las empresas deberán estar atentas al calendario que la Sunat divulgará en las próximas semanas, pues de este dependerá el inicio del desembolso. La recomendación de los especialistas en derecho laboral es que los trabajadores verifiquen su tiempo de servicio y el monto depositado para asegurar que el cálculo se haya realizado correctamente.












