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Este artículo es de hace 4 años

Acción de amparo pide cancelar megaproyecto Hidrovía Amazónica: pueden estar en peligro los que viven en riberas de ríos Huallaga, Ucayali, Marañón y Amazonas

Las organizaciones indígenas Federación de Comunidades Nativas de Ucayali (Feconau) y la Organización Regional Amazónica de Ucayali (ORAU) presentaron una demanda ante el Poder Judicial solicitando la cancelación del proyecto Hidrovía Amazónica.
EL PERFIL
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La demanda presentada en el Poder Judicial solicita la cancelación del megaproyecto del consorcio chino Cohidro, debido, según las organizaciones indígenas, a que la concesionaria no cuenta con el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) aprobado y hasta la fecha no hay científica del impacto que tendrá el proyecto en los cuatro ríos que involucra el proyecto (Huallaga, , Marañón y ). Por lo que la demanda tiene el respaldo de doce federaciones indígenas de Loreto y Ucayali.

Esta acción judicial es contra la empresa y los organismos del Estado que promueven proyectos de inversión en el país, como la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión), el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), y contra el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), debido a que el proyecto constituye una amenaza inminente a la vida de las poblaciones indígenas, ribereñas y de los caseríos.

La Federación de Comunidades Nativas de Ucayali (Feconau) y la Organización Regional Amazónica de Ucayali (ORAU) piden que se declare la suspensión del proyecto hasta que se tenga certeza científica de que la obra Hidrovía Amazónica no afectará a los ríos, además de la anulación de la Resolución Directoral 702-2015MTC/16 del 28 de setiembre de 2015 que aprueba los términos de referencia del EIA del proyecto, debido a que no cumplen los estándares internacionales de cumplimiento obligatorio en materia de EIA de proyectos extractivos en territorios de pueblos indígenas.

La medida legal demanda que, al momento de aprobarse nuevamente los términos de referencia del nuevo EIA del proyecto, se cumpla con el Convenio 169 de la OIT y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de . Y que el SENACE, al momento de aprobar nuevamente los TDR del nuevo EIA, exija al operador del proyecto, realizar un estudio toxicológico sobre el impacto del proyecto y una caracterización de los potenciales impactos toxicológicos sobre el ecosistema, la humana y los medios de vida de la población indígena.

El documento señala que el EIA debe ser elaborado en colaboración con los pueblos indígenas que serán afectados por el proyecto y que debe ser elaborado por consultoras independientes, y no como el caso de Hidrovía, donde la consultora fue contratada por el consorcio a cargo del proyecto, careciendo así de e imparcialidad.

La demanda sostiene que el EIA debe evaluar los impactos acumulados en el lugar donde se pretende realizar el proyecto en relación con otros proyectos extractivos y de infraestructura pública, hecho que no ocurre en el caso de este megaproyecto, donde no se evalúa el impacto de remover ríos que han registrado sistemáticamente derrames de petró.

Las organizaciones demandan que la elaboración del EIA debe ser fiscalizada totalmente por el Estado y los organismos supervisores competentes. Esta fiscalización no solo debe darse al inicio, como ocurre con este proyecto, que solo fue fiscalizado al inicio por el Senace, pero no a lo largo de todo el procedimiento.

Cuestionamientos al proyecto

El proyecto Hidrovía implica el dragado (remoción de rocas y otros materiales) a fin de que los cuatro ríos que involucra al proyecto tengan suficiente profundidad y permita el transporte de navíos comerciales y de carga. Aunque no hay estudios suficientes que permitan saber cómo el dragado afectará la dinámica de los ríos, a los peces y otros ecosistemas relacionados. En consecuencia, tampoco puede medirse cómo se afectaría la vida de las comunidades aledañas, cuyas riberas son habitadas por 424 comunidades nativas.

Para las comunidades indígenas esto significaría, según las organizaciones citadas, una grave amenaza a sus vidas, ya que dependen de la pesca para subsistir; y de acuerdo con diversas investigaciones uno de los ríos a dragar (río Ucayali) es el área con mayor producción pesquera en la Amazonía, en el bajo Ucayali una sola expedición de estudio de la de peces ha registrado hasta 154 especies; por lo que el proyecto podría afectar de manera grave la regional y la alimentación de la población.

Así, en el río Ucayali, en el tramo donde se ubican los ‘malos pasos', se han identificado hasta 190 zonas de pesca. En dos expediciones realizadas cerca de los poblados de Contamana y Requena se registró la presencia de 154 y 102 especies de peces.

y exportación de peces ornamentales también provee ingresos económicos importantes a la economía regional de Loreto. El río Ucayali es una de las principales zonas de pesca de peces ornamentales representando el 32% del total de las exportaciones de los acuarios de Iquitos. Otra especie de alto valor para la exportación son las larvas de "arahuana" (Osteoglossum bicirrhosum), que han sido una de las más explotadas por esta actividad económica en la Reserva Nacional Pacaya Samiria.

Según datos oficiales de la (DIREPRO-L), durante el periodo 2015-2017, la producción pesquera de los ríos Marañón, Ucayali y Huallaga fue cerca de 21 mil toneladas métricas. La producción pesquera en Loreto es dominada por las zonas de pesca del río Ucayali, que representa un 70% del total del período 2015-2017.

La demanda resalta  que inicialmente el proyecto consideraba el dragado de 13 malos pasos, el Estudio de Ingeniería (EDI) elaborado posteriormente, elevó la cifra a 20 malos pasos, casi el doble. Señala la demanda que no se conoce cuánto sedimento existe en el cauce de estos ríos, por tanto, no se puede determinar cuánto material es necesario dragar.

En el proceso de consulta previa que concluyó en el 2015 participaron 424 comunidades; sin embargo, el EIA detallado (EIA-d) del proyecto consideró a menos de la mitad: 202. De ellas, 24 fueron declaradas en el área de influencia directa y 178 en el área indirecta.

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