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Estado de emergencia: todas las medidas anunciadas en el mensaje a la Nación

HabrĆ” estado de emergencia nacional e inamovilidad por 15 dĆ­as.
EL PERFIL
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El presidente Martín Vizcarra brindó esta noche un Mensaje a la Nación en el que anunció un conjunto de medidas para enfrentar el coronavirus (Covid-19) en el país. Conoce cuÔles son.

1. Estado de emergencia nacional, por el plazo de 15 dĆ­as, establecido mediante decreto supremo. La medida implica el aislamiento social obligatorio de los peruanos durante dicho periodo.

2. Debido a la emergencia, estÔn restringidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de trÔnsito en el territorio nacional.

3. Las personas únicamente podrÔn circular por las vías de uso público para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales como: adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.

De igual forma, para la adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud, así como centros de diagnóstico, en casos de emergencias; y retorno al lugar de residencia habitual.

Asimismo, para la asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad; para las entidades financieras, seguros y pensiones, así como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento.
AdemÔs para la producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible; y medios de comunicación y centrales de atención telefónica.

4. Cierre total de las fronteras, en función al cual queda suspendido el transporte internacional de pasajeros, por medio terrestre, aéreo, marítimo y fluvial. El transporte de carga y mercancía no se encuentra comprendido en ello.

5. Realización de la toma de muestras a domicilio a las personas que presenten sintomatología de coronavirus; lo cual irÔ acompañado del fortalecimiento de la central telefónica Línea 113 y mayores recursos para el manejo y tratamiento de residuos municipales y biocontaminados.

6. Empleadores del sector público y privado estÔn facultados a modificar el lugar de la prestación de servicios de todos sus trabajadores, utilizando medios o mecanismos que lo posibiliten.

7. De manera excepcional, se otorgarÔ una bonificación extraordinaria para el personal de salud y personal contratado que preste servicios de alerta y respuesta en las Unidades de Cuidados Intensivos, Hospitalización o aquellos que realicen vigilancia epidemiológica y las visitas domiciliarias a los pacientes que reciben atención ambulatoria.

8. Bono extraordinario por labor efectiva del personal asistencial del Seguro Social de Salud.

9. Transferencia de 40 millones de soles a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para la organización y desarrollo de una Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa. 

10. Los ministerios de Salud y de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, asƭ como los gobiernos regionales y locales, contarƔn con recursos para financiar el desarrollo de un servicio de visitas domiciliarias y seguimiento nominal en sus respectivas jurisdicciones.

11. El Ejecutivo entregarÔ recursos, de manera excepcional, a las familias mÔs necesitadas para que puedan acatar la medida. El procedimiento serÔ informado en los próximos días.

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