El presidente MartĆn Vizcarra brindó esta noche un Mensaje a la Nación en el que anunció un conjunto de medidas para enfrentar el coronavirus (Covid-19) en el paĆs. Conoce cuĆ”les son.
1. Estado de emergencia nacional, por el plazo de 15 dĆas, establecido mediante decreto supremo. La medida implica el aislamiento social obligatorio de los peruanos durante dicho periodo.
2. Debido a la emergencia, estÔn restringidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de trÔnsito en el territorio nacional.
3. Las personas Ćŗnicamente podrĆ”n circular por las vĆas de uso pĆŗblico para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales como: adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al pĆŗblico.
De igual forma, para la adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud, asà como centros de diagnóstico, en casos de emergencias; y retorno al lugar de residencia habitual.
Asimismo, para la asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad; para las entidades financieras, seguros y pensiones, asà como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento.
AdemÔs para la producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible; y medios de comunicación y centrales de atención telefónica.
4. Cierre total de las fronteras, en función al cual queda suspendido el transporte internacional de pasajeros, por medio terrestre, aĆ©reo, marĆtimo y fluvial. El transporte de carga y mercancĆa no se encuentra comprendido en ello.
5. Realización de la toma de muestras a domicilioĀ a las personas que presenten sintomatologĆa de coronavirus; lo cual irĆ” acompaƱado del fortalecimiento de la central telefónica LĆnea 113 y mayores recursos para el manejo y tratamiento de residuos municipales y biocontaminados.
6. Empleadores del sector público y privado estÔn facultados a modificar el lugar de la prestación de servicios de todos sus trabajadores, utilizando medios o mecanismos que lo posibiliten.
7. De manera excepcional, se otorgarÔ una bonificación extraordinaria para el personal de salud y personal contratado que preste servicios de alerta y respuesta en las Unidades de Cuidados Intensivos, Hospitalización o aquellos que realicen vigilancia epidemiológica y las visitas domiciliarias a los pacientes que reciben atención ambulatoria.
8. Bono extraordinario por labor efectiva del personal asistencial del Seguro Social de Salud.
9. Transferencia de 40 millones de soles a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para la organización y desarrollo de una Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa.Ā
10. Los ministerios de Salud y de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, asà como los gobiernos regionales y locales, contarÔn con recursos para financiar el desarrollo de un servicio de visitas domiciliarias y seguimiento nominal en sus respectivas jurisdicciones.
11. El Ejecutivo entregarĆ” recursos, de manera excepcional, a las familias mĆ”s necesitadas para que puedan acatar la medida. El procedimiento serĆ” informado en los próximos dĆas.