Desde este miércoles 1 de julio, los menores de 14 años tienen 30 minutos más de salida, luego de que el Ejecutivo ampliara de media hora a una hora el tiempo máximo que diariamente los chicos podrán estar fuerza de casa.
Las salidas serán utilizadas siempre que los padres, madres y/o apoderados estén de acuerdo y bajo su compañía o la de cualquier adulto que viva en el mismo domicilio. La principal condición es que los paseos se den en un rango máximo de 500 metros, lo que equivale a 5 cuadras aproximadamente.
Durante algunas semanas más, los pequeños tendrán que evitar los centros comerciales, supermercados y lugares cerrados ya que por Decreto Supremo 116-2020-PCM se les prohibirá el ingreso.
Como es de esperarse, ante el menor síntoma de un posible contagio de coronavirus, queda suspendida cualquier actividad fuera del domicilio tanto para los menores como para los adultos.
Grupo de riesgo
Según la norma, las personas que forman parte de los grupos de riesgo -por ejemplo gestantes, diabéticos, hipertensos, entre otros- no podrán salir de sus domicilios.
Excepcionalmente lo podrán hacer siempre que requieran de atención médica urgente; o para la adquisición de alimentos, medicinas o servicios financiero en caso no tengan a ninguna persona de apoyo para ello.
También podrán salir de su domicilio para el cobro de algún beneficio pecuniario otorgado por el Gobierno en el marco de la emergencia nacional, para el cobro de una pensión en una entidad bancaria o para la realización de un trámite que exija su presencia física.
En el tema laboral, las personas comprendidas en los grupos de riesgo brindarán sus servicios bajo la modalidad de trabajo remoto y, en caso deseen asistir voluntariamente a su centro de labores, se sujetan a las disposiciones que se han emitido para salvaguardar su salud.