Pese a que en Lima Metropolitana el 82% de los municipios cuentan con ordenanzas para que los propietarios inscriban a sus perros, la mayoría no realiza este trámite que se encuentra dentro de la Ley 25796 del Régimen Jurídico de Canes, según informó la Estrategia Nacional de Zoonosis del Ministerio de Salud.
La norma estipula que cualquier incidente producidos por perros, sobre todo los considerados “potencialmente peligrosos”, deben ser denunciados ante un establecimiento de salud, Policía Nacional o la autoridad municipal respectiva.
Además, el dueño está obligado a solventar completamente los gastos de la atención médica, incluyendo medicamentos e internación, hasta que la víctima se haya recuperado; menos en los casos en lo que se actúa en defensa propia, de terceros o de la propiedad privada.
El propietario también está obligado a comunicar la venta, traspaso, donación, pérdida, robo o muerte del animal. Por su parte, el perro debe portar obligatoriamente la identificación correspondiente, en la que se constaten los datos del propietario, así como también el nombre, raza, fecha de nacimiento y, de ser el caso, la condición de potencialmente peligroso del can.
Asimismo, la norma señala que la identificación, registro y licencia es válida para la circulación del animal tanto en el distrito donde se encuentra registrado como en cualquier otro. Sin embargo, si el propietario se muda, debe cancelar la inscripción y generar una nueva con el nuevo domicilio.