El Congreso, cuya aprobación está por los suelos, aprobó la reforma de pensiones que perjudica a los menores de 40 años porque estos ya no podrán retirar el 95.5 % de sus fondos cuando se jubilen.
La nueva ley crea el Sistema Integral Previsional Peruano (SIPP) que incorpora al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Estas dos entidades administran de forma respectiva a la ONP y a las AFP.
El “gran aporte” que ofrece esta norma es la incorporación de la pensión mínima de 600 soles (para el SPP) y que para obtener dicho monto el trabajador tiene que haber aportado al menos 240 UIT, o sea, veinte años. Cuando en realidad, el aportante promedio solo alcanza los siete años. Sin embargo, no es el único requisito que deben de cumplir. Durante ese periodo no deben haber realizado ningún retiro.
Los afiliados al SIPP y los del SPP menores de 40 años no podrán elegir entre percibir la pensión que les corresponda en cualquier modalidad de retiro, y/o solicitar a la AFP la entrega de hasta el 95.5 % del total del fondo disponible en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC).
Los afiliados al SIPP y los del SPP menores de 40 años no tendrán la opción de solicitar su pensión por alguna de las modalidades vigentes o exigir el retiro del 95.5 % de sus aportaciones en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC).
Tampoco se podrá retirar el total o parcial de los fondos que sean acumulados en las cuentas de la AFP por parte de los afiliados durante su etapa activa.