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Congreso aprueba ley para que sentenciados en primera instancia no postulen a cargos de elección popular

Pese a los votos en contra y abstenciones de los congresistas de Fuerza Popular y Unión por el Perú. Entrará en vigencia para las elecciones del próximo año

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El Congreso aprobó este viernes en segunda votación la ley que establece impedimentos para postular a cargos de elección popular o ejercer cargos públicos a sentenciados en primera instancia.

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La ley fue aprobada por amplia mayoría (111 votos a favor), pese a la negación de los parlamentarios de Fuerza Popular y Unión por el Perú, de los cuales ocho votaron en contra y otros ocho se abstuvieron. 

Ahora, la norma será enviada al Ejecutivo para que el presidente la promulgue en los próximos días y entre en vigencia para las próximas elecciones generales del 2021. 

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La votación se produjo tras el pedido de los voceros del Frente Amplio, Somos Perú, Frepap, Partido Morado y Alianza para el Progreso, para que se ratifique la ley antes del debate por la admisión de la moción de vacancia presidencial.  

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La norma modifica el artículo 34-A de la Constitución, precisando que están impedidos de postular a cargos de elección popular quienes tengan una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autores o cómplices, por delito doloso.

De igual forma, cambia el artículo 39-A de la Carta Magna, a fin de establecer que dichas personas están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza.

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