El jurista Guillermo Olivera Díaz dijo al diario PERFIL que la detención preliminar de diez días es una medida urgente que toma el fiscal porque considera que el investigado, en este caso investigados, pueden fugar.
Dijo que no se pidió una detención preventiva de 36 meses como corresponde porque el caso los cocteles está aún en investigación preliminar y que se pide detención preventiva cuando el caso está en investigación preparatoria. Indicó que es muy probable que en estos diez días el caso pase a investigación preparatoria
Indicó que es muy probable que en estos diez días el caso pase a investigación preparatoria y que Keiko Fujimori, sindicada como lideresa de una organización criminal, pase a ser detenida preventivamente 36 meses.
35 AÑOS
“Usualmente a las organizaciones criminales se les imputa un Concurso de Hechos Punibles, o sea, una variedad de delitos, a cada uno de los cuales le toca una pena, la misma que se suma a la pena de los otros ilícitos. Tal sumatoria no debe exceder los 35 años”, dijo.
“Es que por el hecho de ser considerada líder o jefa de la organización le corresponde un mínimo de 15 y un máximo de 20, a cuyo monto se agregaría las otras penas. Esta suma en ningún caso puede superar los 35 años de pena”, agregó.
Explicó que el artículo 317° del Código Penal, modificado el 27-10-2016 por el Decreto Legislativo 1244 que firmó Kuczynski, señala:
“La pena será no menor de quince ni mayor de veinte años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días – multa, e inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 1), 2), 4) y 8) en los siguientes supuestos:
Cuando el agente tuviese la condición de líder, jefe, financista o dirigente de la organización criminal”.
Sostuvo que tampoco hay beneficios penitenciarios para el líder. “Así que los condenados tienen para rato entre rejas”, indicó.