El primer gran desafío que deberá asumir la flamante presidenta del TC, Marianella Ledesma, es el de someter a nuevo debate y votación la resolución de habeas corpus que da libertad a Keiko Sofía Fujimori, a partir del recurso extraordinario de aclaración presentado por la Procuraduría del Poder Judicial, y declarar la nulidad de la misma; porque, en efecto, ésta resolución constituye un monumento al favoritismo, abuso de poder y atropello a todo principio jurídico del debido proceso; adoleciendo de todos los vicios jurídicos de forma y de fondo que determinan su invalidez e ineficacia, como veremos a continuación.
La resolución cuestionada resolvió el habeas corpus a favor de Keiko, cuando debió declararlo improcedente ya que fue presentado encontrándose aún en trámite el recurso de casación ante la Corte Suprema, es decir, antes de que se agotara la instancia judicial, para lo cual pretextaron una supuesta duda de si el proceso ordinario había concluido o no, cuando era de público conocimiento que estaba en trámite dicho recurso de casación interpuesto por la propia Keiko. En otras palabras: se le permitió el privilegio inconstitucional de hacer uso de doble proceso por los mismos hechos.
Sin embargo, no tuvieron la menor duda en declarar luego nula la resolución de la Corte Suprema que determinaba los 18 meses de prisión preventiva, pese a que la favorecida jamás pidió ni demandó la nulidad de dicha resolución; con lo que el TC vulneró el principio de congruencia, por el cual solo debe resolverse dentro de los límites de lo pedido; excederse como aquí ha sucedido, es evidenciar un escandaloso favoritismo.
Como la favorecida jamás lo pidió, tampoco fue sometida a debate la resolución casatoria, no se puso a conocimiento de las partes, ni el TC anunció que fallaría sobre aquella; es evidente entonces que dicho Tribunal optó por resolver arbitrariamente sobre este extremo, con lo cual violó también el derecho de defensa del Estado e incurrió en temerario asalto a la razón.
Votos no conformes
Pero la cereza que corona el pastel, producto del atropello y atolondramiento obsecuente por abrirle las puertas de la prisión a Keiko, después de conocerse que ésta había recibido millones de dólares de los plutócratas del Perú (como Dionisio Romero, el Grupo Gloria, Capeco, la minera Vocán, y otros), es el frankenstein jurídico armado con los votos de Blume, Sardón y Ferrero por un lado, y del tribuno Carlos Ramos por el otro (de quien debo expresar es mi amigo, pero soy más amigo de la verdad, como diría hoy el preclaro Aristóteles), entre los cuales no existe la debida conformidad que establece la ley para hacer resolución.
Desde las primeras líneas de su voto singular Carlos Ramos deja sentado que discrepa “de la parte resolutiva como de diversos fundamentos” de la ponencia firmada por Blume, Sardón y Ferrero; es decir, no está conforme con ella de inicio a fin, sin embargo, le da su voto en la parte resolutiva para disponer la libertad de Keiko Fujimori. Estamos aquí frente a la razón de la sin razón, como aquella que motivaba los desvaríos hilarantes de don Quijote, solo que aquí no es para deshacer entuertos, sino al revés.
El argumento usado por parte de Carlos Ramos es el de que ya fue disuelto el Congreso con el que la favorecida obstruía la acción de la justicia, por lo tanto, amerita darle la libertad; lo cual constituye otro agravio al debido proceso y al derecho a la defensa, porque tal argumento tampoco fue motivo de la demanda, por ende no pudo ser rebatido por la defensa del Estado a cargo de la Procuraduría, no fue objeto de debate ni contradicción, por consiguiente, haberlo introducido en la sentencia de manera sorpresiva, constituye una suerte de cruel emboscada procesal.
Obsérvese que Ramos reconoce la obstrucción a través del Congreso por parte Keiko, lo cual significa que la prisión preventiva por razones del peligro de obstrucción procesal que venía haciendo la hija de ex dictador, se encontraba arreglada a derecho; sin embargo, en extraña fractura lógica del pensamiento, dio su voto por la libertad de aquella.
Obstrucción y Cuellos Blancos
Es preciso indicar que no solo el Congreso era un instrumento institucional de obstrucción: el poder económico, (ya sabemos ahora que éste es millonario y en dólares), político y partidario de Keiko le da una gama de posibilidades de obstaculización. Allí está la Fiscalía Suprema en la cual se encuentran Pedro Chávarry, Tomás Gálvez, y Víctor Rodríguez Monteza, quien se dio el lujo de hacer un requerimiento, que en realidad era un alegato, en favor de Keiko en la tramitación del recurso de casación mencionado en líneas anteriores.
La propia ponencia de Blume constituye una evidencia de la capacidad de obstrucción, ya que ésta usa entre sus fundamentos el referido alegato de Rodríguez Monteza (f. 231 al 233), quien está investigado por ser presunto integrante de la mafia de Los Cuellos Blancos, la cual coordinaba para favorecer a “la Señora K” en la tramitación de ese recurso de casación. Bien dicen que no hay ciego que el que no quiere ver.
Para lograr la írrita libertad de Keiko, no solo se ha usado elementos no existentes en el expediente, como hemos visto, sino que desestimaron sin explicación alguna el pedido de la Procuraduría de valorar, previo debate y contradicción, la declaración de Jorge Yoshiyama Sasaki quien había manifestado que Keiko dispuso que los falsos aportantes del dinero de Odebrecht sean instruidos por el Estudio Jurídico Oré Guardia para mentir en la Fiscalía.
Hasta aquí las razones procesales de las causales nulidad de la resolución de marras; por razones de espacio no podemos abundar en la veintena de fondo, basta decir que la ponencia suscrita por Blume, Sardón y Ferrero, ha llegado a sostener que Keiko no lidera una organización criminal porque los estatutos de su partido no lo definen de ese modo, como si hubiese alguna organización delictiva en el mundo que detalle tal condición en sus estatutos. Un poco más y exigen la existencia de un registro de organizaciones criminales en los Registros Públicos o Indecopi.
Como se puede apreciar: tiene usted un gran desafío por delante, excelentísima presidenta Marianella Ledesma Narváez. Aquí está en juego la dignidad del Tribunal Constitucional, del derecho y la justicia.