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domingo, 5 de julio de 2026
Magistrados al servicio de la dinastĂ­a
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Este artículo es de hace 4 años

Magistrados al servicio de la dinastĂ­a

Presidente Castillo debe evitar fuga de Fujimori y la Corte acelerar pronunciamiento.
ferrero blume y sardon magistrados al servicio de la dinastia
Ferrero, Blume y SardĂłn, magistrados al servicio de la dinastĂ­a. (EL PERFIL)

Magistrados al servicio de la dinastĂ­a. Una columna de opiniĂłn de Antonio Castillo.

Javier Ríos Rojas contaba con solo 8 añitos y se encontraba en el despertar a la vida cuando fue asesinado cobardemente por poderosos disparos de metralla con silenciador, junto a su padre y 15 vecinos mås de la quinta donde vivía: el jirón Huanta 840, en la zona popular de Barrios Altos.

Los asesinos pertenecĂ­an al escuadrĂłn de la muerte, denominado el Grupo Colina, y el hecho ocurriĂł el 3 de noviembre de 1991, cuando realizaban una solidaria y entusiasta pollada para obtener fondos y arreglar el desagĂŒe del lugar. Hoy tendrĂ­a 38 años y disfrutarĂ­a de la vida, una familia y serĂ­a hombre de bien para la sociedad peruana. 

Luis Enrique Ortiz Perea, Bertila Lozano Torres, Dora Oyague Fierro, Armando Richard Amaro CĂłndor, Robert Édgar Teodoro Espinoza, HerĂĄclides Pablo Meza, Felipe Flores Chipana, Marcelino Rosales CĂĄrdenas, y Juan Gabriel Mariños Figueroa (todos ellos en la flor de su juventud y legĂ­tima esperanza para sus humildes padres) se encontraban descansando apaciblemente en sus habitaciones de la residencia estudiantil de la Universidad La Cantuta, en Chosica, cuando fueron violentamente secuestrados, asesinados e incinerados por el mismo escuadrĂłn de la muerte, la frĂ­a noche del 18 de julio de 1993. El profesor Hugo Muñoz SĂĄnchez tambiĂ©n corriĂł la misma suerte que los estudiantes.

En el impecable proceso judicial (tomado en estos tiempos como referente en las mejores facultades de Derecho del mundo) se demostrĂł que ese grupo asesino operaba desde los servicios de inteligencia y sus horrendas acciones dependĂ­an de Alberto Fujimori, quien no solo era el autor mediato de sus crĂ­menes de lesa humanidad, sino que proveĂ­a de fondos, felicitaba pĂșblicamente a sus sanguinarios integrantes, disponĂ­a sus ascensos y, luego de descubiertos sus delitos de sangre, procedĂ­a a amnistiarlos para que vayan a disfrutar de la mĂĄs vil impunidad.

Por eso fue condenado a 25 años de pena privativa de libertad, mås algunos actos de corrupción (entrega de dinero a Montesinos) que el mismo exdictador reconoció ante el mundo entero en el proceso, así como por el secuestro del periodista Gustavo Gorriti y el empresario Samuel Dyer.

montesinos y fujimori
Montesinos y Fujimori (CrĂłnica Viva)

Sin embargo, el Tribunal Constitucional ha dispuesto la liberación del condenado en una afrenta mås a la Nación, a la memoria de las víctimas y al dolor de sus familiares, que casi 40 años después siguen cargando la pesada cruz de la injusticia, que los aplasta sardónicamente desde las abusivas cumbres del poder.

El fallo del Tribunal Constitucional que ha declarado fundada la demanda de habeas corpus del condenado, y revierte la nulidad del indulto de la Navidad del año 2017, a favor del exdictador, es flagrantemente ilegal, inconstitucional y anticonvencional por todos los flancos que se analice.

Es ilegal porque convalida el indulto trucho que fue otorgado por PPK en delictiva compra de votos congresales realizada con Kenji Fujimori para salvarlo de la vacancia de ese año. Por este delito el hijo del condenado afronta en estos días una acusación y pedido de cårcel de hasta 12 años.

Es ilegal también porque convalida el indulto prohibido para los delitos de secuestro (por Ley 28760 y su antecedente, la Ley 26480, promulgada por el mismo gobierno de Alberto Fujimori). 

En el mismo sentido, es ilegal porque cohonesta la contravención a la Resolución Ministerial N° 0162-2010-JUS que establecía la improcedencia del indulto para los delitos de secuestro; y,  porque pretende consentir el procedimiento en que se festinó y fraguó tråmites de tal suerte que ni siquiera existió informe objetivo alguno de la Junta Médica, ya que el utilizado fue elaborado con la participación del propio médico de Alberto Fujimori, Juan Postigo Díaz, quien fungió de juez y parte, por lo que terminó recomendando dicho beneficio, cuando carecía de competencias para ello. 

En esa festinación la Comisión de Gracias Presidenciales recomendó también el beneficio sin constatar el estado de salud del interno y sin tener a la vista el informe del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplåsicas el cual llegó dos días después de emitirse dicho indulto.

La convalidaciĂłn de la gracia presidencial que ha realizado el susodicho Tribunal es inconstitucional tambiĂ©n porque es contraria al control de constitucionalidad que debe efectuar en todos sus fallos dicho Ăłrgano de justicia, ya que ha avalado la vulneraciĂłn de leyes, reglamentos y procedimientos señalados, en que incurriera PPK, contraviniendo el artĂ­culo 118, inciso 1° de la ConstituciĂłn, que obliga al presidente a cumplir y hacer cumplir las leyes de la RepĂșblica.

Y es anticonvencional, porque la reversiĂłn del indulto, y esto es lo mĂĄs grave, ha sido emitida por ese Tribunal, dejando sin efecto la nulidad del indulto trucho que hiciera la Corte Suprema de Justicia, por mandato de control de convencionalidad de la ComisiĂłn Interamericana de Derechos Humanos; en la cual se determinĂł que la justicia interna debĂ­a tener en cuenta que el indulto fue dado en ausencia de objetividad de la Junta MĂ©dica Penitenciaria, como ya hemos visto,  con extraña diferencia en las actas de dicha Junta del 17 y 19 de diciembre del 2017, entre las cuales se presentĂł la solicitud de indulto y se formĂł reciĂ©n el expediente; a falta de explicaciĂłn en esas actas y la resoluciĂłn de indulto, de cuĂĄl de las enfermedades no terminales del beneficiado se encontrarĂ­a en etapa avanzada progresiva, degenerativa o incurable; la notoria falta de motivaciĂłn del indulto, sin explicar cĂłmo es que las condiciones de prisiĂłn pondrĂ­an en riesgo la vida, salud e integridad de Alberto Fujimori, ya que no consta que haya tenido problema alguno para salir a sus citas mĂ©dicas o intervenciones quirĂșrgicas; y, el contexto de crisis polĂ­tica, mociones de vacancia y compra de votos en el que se dio el beneficio, que hemos explicado anteriormente.

Esto que fue resuelto acertadamente por la Corte Suprema de Justicia, ha sido dejado sin efecto por el Tribunal; sin tomar en consideración que, en todo momento y a lo largo de estos años, la Corte Interamericana ha sostenido que el Estado peruano estå en la obligación de investigar, juzgar y sancionar a los causantes de los delitos de lesa humanidad cometidos en Barrios Altos y la Cantuta.

protesta de los deudos de la cantuta y barrios altos
Protesta de los deudos de La Cantuta y Barrios Altos (Andina)

En conclusiĂłn, y demostrada la ilegalidad del fallo del Tribunal Constitucional, efectuado con los votos nefastos de Augusto Ferrero, Ernesto Blume y JosĂ© SardĂłn, creemos que el mismo serĂĄ revertido por la ComisiĂłn Interamericana de Derechos Humanos; pero con el titĂĄnico esfuerzo, angustia y lĂĄgrimas de sangre de los sufridos familiares, que no pueden ver hasta ahora el final de este vĂ­a crucis, en esa bĂșsqueda incesante de justicia que ya lleva dĂ©cadas y no tiene cuando terminar.

Mientras tanto, y para asegurar el cumplimiento de la justicia, consideramos que el presidente de la RepĂșblica, Pedro Castillo, puede exigir perentoria y enĂ©rgicamente que la Corte acelere su pronunciamiento a fin de que se revoque el fallo del TC; asimismo, exigir a travĂ©s de los procuradores respectivos la adopciĂłn de las medidas cautelares necesarias para que se impida la salida del paĂ­s de Alberto Fujimori; teniendo en cuenta que lo mĂĄs probable es que si Ă©ste sale de prisiĂłn fugue nuevamente al JapĂłn, y entonces se habrĂĄ consumado la impunidad mĂĄs grande de la historia, y la afrenta mĂĄs ignominiosa a nuestra patria.

Finalmente, es necesario que la ciudadanĂ­a sana de este paĂ­s, y que ahora expresa su mĂĄs exaltada y legĂ­tima indignaciĂłn en las calles, tome conciencia de que, para evitar impunidades endĂ©micas como las que estamos viendo, es imprescindible de que el sistema de justicia sea reformado para que los magistrados del Tribunal Constitucional no sean designados por el Congreso de la RepĂșblica con el vil criterio de “repartija”, de millonarios lobbies (propios y de los grandes monopolios), o consagraciĂłn de cĂ­nicas impunidades, como las que estamos viendo. 

No olvidemos que Ferrero, Blume y SardĂłn fueron puestos allĂ­, en su momento, por las bancadas parlamentarias del fujiaprismo; y fueron los dos Ășltimos que tambiĂ©n liberaron a Keiko Fujimori, mientras que el primero se reuniĂł con ella un dĂ­a antes de su designaciĂłn; es decir, se trata de magistrados a la carta y al servicio de la dinastĂ­a.

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Esta es una columna El anĂĄlisis y las expresiones vertidas son propias de su autor/a y no necesariamente reflejan el punto de vista de EL PERFIL
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PARA EL PERFIL
Abogado y analista polĂ­tico. Exintegrante de la ProcuradurĂ­a AnticorrupciĂłn del PerĂș y exasesor de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, entre otros cargos pĂșblicos.