Nuevamente, la ComisiĂłn de ConstituciĂłn del Congreso ha dado un peligroso paso. Encabezada por Martha Moyano de Fuerza Popular, la comisiĂłn aprobĂł por 16 votos a favor, 4 en contra y 5 abstenciones un proyecto de reforma constitucional que busca atentar contra el sistema electoral, permitiendo que los titulares del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de IdentificaciĂłn y Estado Civil (Reniec) sean sujetos pasibles de denuncias constitucionales.
Esta propuesta responde a una sentencia del Tribunal Constitucional del año pasado, que instĂł al Congreso a aprobar una reforma constitucional que permita someter a estos funcionarios, a discreciĂłn del Legislativo, a procesos de antejuicio y juicio polĂtico. De ser aprobada en dos legislaturas consecutivas con 87 votos, los titulares del JNE, ONPE y Reniec podrĂan ser sometidos a procesos de denuncia constitucional en el Congreso y juicio polĂtico, lo que podrĂa resultar en su inhabilitaciĂłn para ejercer cargos pĂșblicos hasta por 10 años.
La propuesta cobra relevancia en un contexto marcado por las denuncias constitucionales presentadas contra el presidente del JNE, Jorge Luis Salas Arenas. AdemĂĄs, los titulares de la ONPE y Reniec podrĂan enfrentar denuncias una vez que finalicen sus mandatos, segĂșn lo expresado ante la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
La fujimorista Martha Moyano defendiĂł la propuesta argumentando que responde a la exhortaciĂłn del Tribunal Constitucional y que, segĂșn ella, busca garantizar una mayor rendiciĂłn de cuentas y transparencia en el sistema electoral.
Durante el debate, se discutiĂł sobre la naturaleza de los procedimientos a los que serĂan sometidos estos funcionarios, con opiniones divergentes sobre si solo deberĂan ser sometidos al antejuicio o si tambiĂ©n deberĂan enfrentar el juicio polĂtico por infracciĂłn a la ConstituciĂłn.
Con la aprobaciĂłn en la ComisiĂłn de ConstituciĂłn, la reforma ahora pasarĂĄ al pleno del Congreso, donde deberĂĄ ser aprobada en dos legislaturas con un mĂnimo de 87 votos o ser aprobada por mayorĂa simple con una posterior ratificaciĂłn a travĂ©s de un referĂ©ndum.












