El presidente, Martín Vizcarra anunció esta tarde que planteará la cuestión de confianza al Congreso de la República para lograr que el Parlamento apruebe la reforma política.
¿Qué es?
La cuestión de confianza es un mecanismo que está contemplado en el artículo 132 de la Constitución y en el reglamento del Congreso. Este poder del Estado puede ratificar o rechazar la confianza a las autoridades del Ejecutivo. Esto es parte de los mecanismos para el control político y se aplica cuando uno o más miembros del Gabinete tienen cuestionamientos.
¿Quiénes pueden presentarla?
Solo se plantea por iniciativa de los ministerios. La puede presentar el primer ministro a nombre del Gabinete o cualquiera de los ministros por separado. Se puede solicitar remitiendo una carta al presidente del Legislativo.
¿Cuándo se debate?
En una sesión del Pleno se debate y se vota si es que se le da o no la confianza a la autoridad que planteó el pedido. El congreso puede aprobar o rechazar con voto de mayoría simple.
¿Qué pasa si se rechaza?
Inmediatamente se aplica la responsabilidad política del gabinete o del ministro que la pide. Esto obliga a los funcionarios involucrados a renunciar. Si es que se aplica este mecanismo con todo el Gabinete y el Congreso la rechaza, se produce la renuncia de los integrantes. Se produce la crisis total de Gabinete.
Disolución constitucional del Congreso
El artículo 134, el presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si este ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros.
Durante el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski se negó la confianza al presidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala, por lo cual este tuvo que renunciar.
En ese sentido, si una iniciativa legislativa del Ejecutivo no obtiene la confianza del Congreso, sería la segunda vez en que este poder del Estado rechaza el respaldo en el actual gobierno, por lo cual el presidente Vizcarra podría cerrar el Parlamento.
Además, el mismo artículo 134 agrega que el decreto de disolución contiene la convocatoria a elecciones para un nuevo Congreso. Dichas elecciones se realizan dentro de los cuatro meses de la fecha de disolución, sin que pueda alterarse el sistema electoral preexistente.